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MULTAS POR CONEXIONES CLANDESTINAS SE DETERMINAN EN BASE A CUATRO FACTORES

Posted by: Roberto Mero Comments: 0

Cuatro factores son los que considera la empresa, Aguas de Manta, para establecer el total de una multa a un domicilio, comercio o empresa, descubierta hurtando agua a través de conexiones clandestinas. Dichos factores están determinados en el reglamento interno.
El primero, determinar el tiempo aproximado de la línea ya que esto permitirá calcular los metros cúbicos de agua consumidos durante ese tiempo. El segundo, precisar el número de personas que habitan o laboran en el predio. El tercero, la frecuencia con la que el sector donde se asienta el predio recibe agua. Y el cuarto, el recurso que la empresa invierte, con maquinaria y personal, para sellar la red clandestina descubierta.
Todo esto se calcula para obtener un valor al que luego se le suman otros 400 dólares (equivalente al sueldo básico) establecidos como base de la multa.
El costo de una instalación domiciliaria es de aproximadamente 110 dólares, e incluye estudio de factibilidad, derecho de línea, medidor, accesorios, etc. En la categoría comercial, ronda los 220 dólares, mientras la instalación industrial varía de acuerdo al diámetro de la tubería y el macromedidor a instalar.

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